Los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, tienen la obligación de informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el lugar donde realizan sus actividades económicas, es decir, su domicilio fiscal. Hoy en el blog de Salud Fiscal te contaremos todo lo que debes saber sobre este concepto: qué es, para qué se usa, cómo cambiarlo y qué sucede si no cuentas con los datos actualizados.
¿Qué es el domicilio fiscal?
De acuerdo con el Artículo 29 del Código Civil Federal (CCF), el domicilio fiscal es el lugar donde una persona física o moral realiza sus actividades económicas o tiene ubicado su negocio, por lo menos desde hace más de seis meses al momento de informar al SAT. En caso de que un contribuyente que sea persona moral y tenga dos o más sucursales, el SAT considera como domicilio fiscal la sede donde se llevan a cabo las actividades administrativas o la matriz de la empresa.
Con respecto a las personas físicas, el domicilio fiscal puede ser aquel donde se lleven a cabo sus actividades. Por ejemplo, el consultorio de un médico o dentista. Y si no cuenta con un local y sus actividades económicas la dirección de su casa habitación fiscal puede ser dada como domicilio fiscal.
En caso de que ninguna de las opciones anteriores se cumpla, se considera como domicilio fiscal aquel que se haya utilizado al solicitar servicios a entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
¿Para qué sirve el domicilio fiscal?
El domicilio fiscal es un requisito del SAT para localizar a los contribuyentes residentes en el territorio nacional, además de conocer dónde realizan sus actividades económicas. Por ende, el domicilio fiscal es el lugar donde los contribuyentes tienen que hacer frente a sus obligaciones fiscales ante Hacienda.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes tienen la obligación de designar un domicilio fiscal, así como actualizarlo en caso de que muden a otro lugar sus actividades económicas.
El SAT solicita a los contribuyentes que designen un domicilio fiscal para tener la información completa en caso de querer contactar al contribuyente, mandarle avisos, inspeccionar sus actividades en caso de solicitar una auditoría o comprobación de bienes.
¿Qué tipo de avisos envía el SAT?
El SAT mantiene comunicación de forma digital con los contribuyentes a través del Buzón Tributario. Sin embargo, sigue utilizando el domicilio fiscal para enviar comunicados, requisas, avisos sobre declaraciones de impuestos, además de localizar físicamente al contribuyente y verificar que no incurra en malas prácticas y que esté cumpliendo con sus obligaciones.
En caso de que el contribuyente tenga algún crédito fiscal, multas o sanciones, el SAT puede realizar operaciones como localización, visitas domiciliarias o envío de notificaciones, por lo que debe tener los medios para localizarlo.
¿Qué pasa si no le aviso al SAT que cambié mi domicilio fiscal?
Mentir, omitir información o no actualizar los datos de contacto del contribuyente es una idea muy mala, ya que desaparecer del domicilio fiscal puede ser considerado un delito con consecuencias penales.
De acuerdo con el Artículo 110 fracción V del Código Fiscal de la Federación (CFF), se impondrá una sanción que va de tres meses a tres años de prisión en caso de que el contribuyente desocupe el local donde se encuentre su domicilio fiscal sin presentar un aviso de cambio de domicilio ante el registro federal de contribuyentes, después de la notificación de la orden de visita, después de recibir una notificación de un crédito fiscal y antes de que se haya pagado o que haya quedado sin efectos fiscales.
A los contribuyentes que tienen algún problema con el SAT se les recomienda no desaparecer de su domicilio fiscal, ya que la situación puede agravarse. Lamentablemente, muchos contribuyentes piensan que, al desocupar su domicilio fiscal sin avisarle al SAT, la autoridad no podrá contactarlos para hacer el cobro.
Sin embargo, el SAT puede iniciar procesos de investigación en distintas fuentes y padrones hasta localizar al contribuyente y, cuando lo haga, los créditos que haya tenido seguirán vigentes, generando actualizaciones y recargos, por lo que será más costoso liquidarlos.
El Artículo 146 del CFF indica que el plazo para la prescripción de un crédito fiscal es de cinco años a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido. Sin embargo, ese plazo se interrumpe en caso de que el contribuyente desocupe su domicilio fiscal sin avisar al SAT.
¿Cómo actualizar mi domicilio fiscal?
Actualizar tu domicilio fiscal es muy fácil. Ingresa al portal oficial del SAT con tu RFC, e.firma y contraseña, captura la información del nuevo domicilio, confirma los datos y da clic en “confirmar” para que se genere un aviso de actualización o modificación de situación fiscal.
El sistema generará un acuse de actualización, el cual debes descargar y guardar. Dicho aviso se debe presentar dentro de los 10 días siguientes al cambio de domicilio.
Evita riesgos fiscales con Salud Fiscal
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